Es una iniciativa para que, ante una denuncia, las compras falsas con tarjetas de crédito no impacten en el resumen. Además quieren reforzar penas




 ientras día a día la tecnología evoluciona, así también mutan los niveles y las modalidades de las estafas virtuales, de las que cada vez más argentinos son víctimas.

 


Pese a que algunos métodos ya se han convertido en populares, por replicarse de la misma manera en distintas personas, las advertencias sobre cómo cuidarse en el uso de sitios web, servicios de mensajería y redes sociales deben renovarse constantemente.


 


Ante el considerable incremento que desde 2020 en adelante ha tenido este tipo de delitos, hay quienes aseguran que es necesario seguir fortaleciendo el marco jurídico. "La legislación actual es vasta en materia de ciberseguridad en cuanto a la existencia de leyes, decretos, resoluciones, disposiciones y decisiones administrativas", señaló la diputada nacional Yolanda Vega, autora de dos iniciativas sobre la temática.


 


 


Pero explicó que "a pesar de todos los esfuerzos normativos, la evolución de internet y la tecnología han abierto nuevas puertas al mundo digital y con ello han dado paso a delitos cibernéticos e infracciones basadas principalmente en estafas a través del uso indebido y fraudulento de las tarjetas de crédito y débito, sobrepasando nuestra capacidad legislativa".


 


Piden que los bancos actúen más rápido ante denuncias de usuarios


Con el objeto de que los bancos actúen más rápido ante denuncias de usuarios que resultaron estafados por el uso ilegal de sus tarjetas, la legisladora del bloque Innovación Federal presentó un proyecto de ley que propone modificar la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito y Débito.


 


Puntualmente, la propuesta consiste en incorporar un artículo a la norma, para que "cuando el titular de una tarjeta de crédito informe al emisor de la existencia de una compra online que ha sido consecuencia del delito de estafa, y ésta estuviera pendiente de autorización, el emisor cancelará la compra denunciada en el plazo de 24 a 48 horas evitando que la misma impacte en el resumen o cuenta bancaria del titular".


 


 


En los argumentos del proyecto, Vega apuntó que "la posibilidad del cliente de proceder a la ‘impugnación o cuestionamiento de la liquidación o resumen bancario’, lo que vulgarmente conocemos como ‘desconocimiento de la compra’" ante una estafa virtual es un "remedio provisorio", que además resulta "engorroso y lento". "Esto no evita que la estafa llegue a su fin porque los sistemas de las entidades no permiten cancelar la transacción sino hasta que impacta en el resumen del usuario, lo que sucede dentro de las 24 o 48 de realizada la misma", explicó, para señalar luego que no van a ser claramente los estafadores quienes soliciten la cancelación.


 


Por otra parte, se plantea que el emisor de la tarjeta deberá "inmediatamente comunicar al proveedor que la operación que se ha realizado mediante su sitio web es producto del delito de estafa". Esta comunicación que las entidades financieras tendrán que tener para con los usuarios deberá ser "por un medio fehaciente y de manera clara, precisa, teniendo en cuenta las herramientas de conocimiento con las que cuenta el titular".


 


 


"Las estafas virtuales mediante el uso de tarjetas de crédito es una realidad innegable que la mayoría de la población ha sufrido y que claramente a pesar de las precauciones que los usuarios toman para evitarlas llegan a concretarse. Por eso, es necesario adoptar todas las medidas que resulten útiles para brindar mayor protección y continuar adaptando la legislación", afirmó la diputada por la provincia de Salta.


 


Proponen reforzar el Código Penal contra el "phishing"


Actualmente, el artículo 157 bis del Código Penal prevé una pena excarcelable para quien obtenga ilegítimamente datos personales, mientras que el artículo 173, incorporado hace 20 años en el capítulo sobre estafas, contempla cárcel de un mes a seis años para el que "defraudare mediante el uso de una tarjeta de compra, crédito o débito, cuando la misma hubiere sido falsificada, adulterada, hurtada, robada, perdida u obtenida del legítimo emisor mediante ardid o engaño, o mediante el uso no autorizado de sus datos, aunque lo hiciere por medio de una operación automática".


 


 


A través de un proyecto de ley complementario, la diputada Yolanda Vega propone engrosar el artículo 173 con otros cuatro. El primero de ellos, para que reciba pena de prisión de 3 a 6 años todo aquel que "defraudare" en las condiciones antes mencionadas a "una persona mayor de 60 años o a una persona menor de edad".


 


En segundo lugar, la diputada plantea una pena de prisión de 3 a 6 años "a aquel que defraudare a otro valiéndose de aplicaciones telefónicas, para la obtención de datos personales", la cual aumentará de 4 a 6 años en el caso de menores y adultos mayores.


 


Otro de los artículos establece que "se aplicará la pena de 4 a 6 años a aquel que mediante la duplicación o suplantación de la identidad y/o del dominio de páginas o sitios webs, sean oficiales o no, defraudare a otro induciéndole a error haciéndole creer falsamente que se encuentra en un sitio legítimo". Específicamente sobre este punto, la legisladora apuntó que "se pretende penalizar lo que actualmente conocemos como phishing, es decir a la acción de duplicar una página web para hacer creer al visitante que se encuentra en la página original en lugar de la copiada".


 


Atención especial para adultos mayores y menores de edad


 


A pesar de su diferente relación con la tecnología por encontrarse en los dos extremos etarios de la sociedad, Vega consideró que hay que poner una especial atención en los sectores de los adultos mayores y los menores de edad, por ser grupos más vulnerables a los engaños; ya sea esto por el desconocimiento, en el primer caso, o por la sobreexposición, en lo que hace a niños y adolescentes, generalmente hiperconectados.


 


Sobre la tercera edad, la autora del proyecto señaló que "se trata de un grupo social que la tecnología deja atrás en sus avances principalmente por la falta de herramientas del conocimiento de su manejo o funcionamiento, y en segundo lugar porque claramente se encuentran en una situación de vulnerabilidad en la que el aprovechamiento por parte de los delincuentes es mayor".


 


Mientras que en el caso de los menores, observó que "es sabido que actualmente un menor de edad puede adquirir, a través de billeteras virtuales, tarjetas de crédito o de débito que luego pueden ser utilizadas por los delincuentes de manera ilegal para la concreción de delitos económicos".


 


 


Bajo el objetivo de cuidar a estos grupos, uno de los proyectos dispone que "las entidades bancarias o financieras deberán contar con personal destinado de manera preferencial para atención de los adultos mayores para la realización de trámites que brinde la entidad".


 


Además, "la autoridad de aplicación en conjunto con las entidades bancarias y/o financieras deberán realizar talleres y cursos para los adultos mayores, los que tendrán como objetivo brindar información, educación y habilidades digitales para el uso seguro de nuevas herramientas bancarias y prevención de la comisión de delitos financieros en su contra", reza el texto.





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